FCH Abogados

ÁREA DE INSOLVENCIAS: reestructuraciones y concursal

Todo progreso tecnológico, empresarial, y en definitiva, social, va acompañado de una regulación que lo sostiene. El empresario ha de conocer el entorno legal, pues su día a día es crear empresas, oportunidades de negocios, contratar, endeudarse, dar crédito. El concursal es una rama del Derecho privado muy ágil y adaptativa, y acompaña al empresario desde el mismo momento en el que decide competir en el mercado, que, como sabemos, también está regulado. Un buen servicio de asesoramiento en esta materia se antoja crucial, ya no sólo por la marcha de la empresa sino para aprovechar con seguridad las oportunidades que brinda el mercado en forma de compraventa de empresas o unidades productivas. Acrónimos como ERTES, ETOPS, ICOS, la claúsula REBUS, el concurso express o la moratoria concursal están al cabo de la calle y forman parte del lenguaje habitual. Y es que no hay modelo económico que resista una hibernación prolongada de personas y empresas. La irrupción de la pandemia causada por el COVID-19 ha supuesto un antes y un después en el mundo empresarial afectando incluso a empresas perfectamente gestionadas ya que los cierres son muchas veces impuestos o proceden de la cascada de impagos.
La especialización en el campo del tratamiento de la insolvencia y el exhaustivo conocimiento de la normativa y la práctica concursal es otra de las señas de identidad de nuestra firma.

Y desde esta perspectiva, uno de los puntales de FCH es el tratamiento de la insolvencia y el exhaustivo conocimiento de la normativa y la práctica concursal. La especialización en este campo es otra de las señas de identidad de la firma. Sobre la innegociable premisa de anticipación y detección de posibles debilidades o signos de insolvencia , este despacho huye de prácticas estandarizadas y está en condiciones de ofrecer soluciones personalizadas sobre un estudio detallado del pasivo de la empresa y su posible viabilidad. La detección anticipada de ciertos indicios debe ponernos sobre aviso de una posible situación de insolvencia y de que los actos que efectúe el órgano de administración pueden ser analizados y revisados posteriormente por un administrador concursal, que determinará si los mismos se han efectuado en perjuicio de los acreedores.

Los muchos procesos de reestructuración en que hemos trabajado avalan nuestro know how en la línea de la DIRECTIVA (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de junio de 2019 sobre marcos de reestructuración preventiva. Hacemos un análisis previo y pormenorizado de los aspectos económicos y jurídicos de la empresa susceptible de concursar (perfil, previsibilidad del concurso, tipos de activos y pasivos o tipos de deudores) y la finalidad económica que se persiga para trazar un plan de acción en función de la viabilidad de la empresa o parte de la misma.

Nuestra experiencia como administradores concursales nos permite reunir y coordinar uno de los equipos más cualificados para abordar las situaciones más complejas que puedan darse en este ámbito en un momento de especial trascendencia por la crisis post pandémica y la reforma concursal que desde el Gobierno se propone. Una aplicación correcta del actual Texto Refundido de la Ley Concursal puede facilitar la continuidad de la la empresa o al menos parte del negocio, evitando dilatar en el tiempo la toma decisiones y salvaguardando la responsabilidad de sus administradores societarios.
Concurso de personas físicas:
Concurso de acreedores:
Reestructuraciones empresariales y refinanciaciones: